
¿Qué es la nacionalidad española por residencia?
La Nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el Estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas.
La Nacionalidad es un elemento fundamental en la vida del individuo, en tanto en cuanto le permite pertenecer a un grupo, identificarse con éste y, a la vez, le otorga la protección del Estado y la posibilidad del ejercicio de sus derechos conforme a las Normas Jurídicas del mismo.
La Nacionalidad, en definitiva, es la máxima expresión jurídica de la integración de una persona en una comunidad estatal, es algo más que la autorización de residencia y trabajo. Para obtener la nacionalidad española por residencia contacta con nosotros.
¿Qué ofrecemos?
- Asesoramiento y atención personalizada.
- Preparación de expediente.
- Tramitación de nacionalidad.
- Inscripción para los exámenes.
- Seguimiento.
Requisitos
Para adquirir la Nacionalidad Española por Residencia por norma general, hay que residir legalmente en España de forma continuada durante diez años. Existen excepciones que son las siguientes:
- 1 año: el que haya nacido en territorio español y no ejerció su derecho de adquirir la nacionalidad por opción, el que haya estado tutelado, guarda o acogimiento, el que esté casado con un español, la viuda o viudo de un español o la persona que ha nacido fuera de España, pero sus padres o abuelos hayan sido originariamente españoles.
- 2 años: para los que han nacido en países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea
- Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- 5 años: para las personas que le hayan concedido la condición de refugiado en España.
- Posesión de un diploma de español DELE nivel A2 superior (excepto las nacionalidades que en su país el idioma oficial sea el español).
- Exámen CCSE. Los menores de edad y las personas tuteladas están exentos de realizar las dos pruebas.
Documentos necesarios para hacer el trámite
- NIE (Número de Identidad de Extranjeros).
- Pasaporte completo válido y en vigor.
- Certificado de nacimiento legalizado en su país de origen legalizado.
- Certificado de antecedentes penales de su país de origen legalizado.
- Certificado de matrimonio.
- Casado con español: certificado de empadronamiento colectivo donde refleje que conviven juntos, certificado literal de nacimiento del cónyuge español y certificado literal de matrimonio expedido por el registro civil español.
- Viudo o viuda de un español: certificado de empadronamiento colectivo donde refleje que convivían juntos, certificado de defunción del cónyuge, certificado literal de nacimiento del cónyuge español y certificado literal de matrimonio actual expedido por el registro civil español.
